sábado, 26 de junio de 2010

BECAS EDUCACIÓN INFANTIL

ORDEN 3336/2010, de 11 de junio

La Consejería de Educación y la Consejería de Familia y Asuntos Sociales convocan conjuntamente, para el curso escolar 2010/2011, las Becas para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en centros privados autorizados.

INFORMACIÓN GENERAL DE LA CONVOCATORIA

Solicitantes
Podrán optar a estas becas las familias del alumnado matriculado en el primer ciclo de Educación Infantil para el curso 2010/2011, en centros privados autorizados por la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid que no estén sostenidos con fondos públicos.

Los alumnos solicitantes deberán haber nacido, como fecha límite, el día 10 de julio de 2010, inclusive.

Plazo de presentación

Desde el día 18 de junio hasta el día 10 de julio, ambos inclusive.

Presentación telemática de solicitudes

Es la forma más recomendable de presentar la solicitud por las ventajas que supone:
- Puede presentarse cómodamente desde casa o desde el trabajo sin tener que desplazarse a los centros u otros lugares indicados para su presentación.

- Puede presentarse en cualquier momento sin tener que ajustarse a los días o a los horarios de atención al público establecidos en los centros.
- La solicitud queda grabada automáticamente en la base de datos desde el mismo momento del envío por el interesado quedando únicamente pendiente de revisión.
- No existe posibilidad de extravío de la solicitud o de la documentación presentada.
- Se obtiene resguardo de su presentación de igual valor que si se presentara físicamente.

Para poder presentar la solicitud telemáticamente se requiere disponer de DNI electrónico o de cualquier otro certificado digital reconocido por la Comunidad de Madrid.

La presentación telemática de la solicitud permite incorporar por parte de los solicitantes documentación digitalizada. Dicha documentación anexada deberá ser adquirida del documento original, con la suficiente calidad que permita su correcta visualización, debiendo quedar los documentos originales en poder del solicitante que deberá conservarlos, pudiendo ser requeridos por la Consejería de Educación.
Se podrá adjuntar a la solicitud telemática ficheros que contengan documentación siempre que sean de extensión doc, pdf, jpg o tif y que el tamaño máximo conjunto de los ficheros no supere los 10 Megabytes.

La presentación telemática de la solicitud se podrá realizar a través del siguiente enlace. Una vez cumplimentada y enviada la solicitud se recibirá un justificante que acreditará su presentación.

SOLICITUD TELEMÁTICA

Solicitud física

Los impresos de solicitud para su presentación física se pueden conseguir en las Direcciones de Área Territorial, en la Oficina de Información de la Consejería de Educación (C/ Gran Vía, 20) o podrán obtenerse y cumplimentarse directamente a través de la página web de la ficha de procedimiento.

Documentación:

Tanto en la solicitud física como por internet, si autoriza a la Consejería de Educación a que realice las consultas telemáticas con cada organismo público que proceda, no será necesario que aporte los siguientes documentos:

  • DNI o NIE
  • Título de Familia Numerosa, si está expedido en la Comunidad de Madrid.
  • Informe de Vida Laboral, si está dado de alta en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, incluidos los Autónomos.
  • Certificado de Empadronamiento.
  • Certificado de Minusvalía, si está expedido por la Comunidad de Madrid.
  • Información de la renta del ejercicio 2008.

Por tanto, si autorizan las consultas, en la gran mayoría de los casos no será necesario aportar documentación, ahorrándose tiempo en desplazamientos y esperas para la recopilación de la documentación

Anexada digitalmente a la solicitud telemática o en fotocopia compulsada junto con la solicitud física deberán aportar:

- DNI o NIE de los padres o tutores, el pasaporte únicamente será válido en el caso de extranjeros que carezcan de NIE, deberá estar válidamente expedido y en vigor.

- Libro de Familia completo (es decir, que incluya las hojas en las que figuren los padres y todos los hijos) o documento oficial similar completo.

Además, para obtener puntuación podrán aportar:

- Título de Familia Numerosa.

- Certificado de Minusvalía.

- Informe de servicios sociales.

- Documento público que justifique el acogimiento familiar como: contrato administrativo, resolución judicial o del Instituto del Menor y de la Familia

- Dictamen emitido por el Equipo de Atención Temprana de la Consejería de Educación en el caso de alumnos con necesidades educativas especiales.

- Certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria acreditativo de la renta del ejercicio 2008 con código seguro de verificación (en ningún caso se valorarán fotocopias de la declaración de la renta).

Para justificar la situación laboral podrá aportar:

- Informe de Vida Laboral actualizado desde el mes de mayo de 2010 y emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social (previa solicitud telefónica al 901 50 20 50 o a través de la página web www.seg-social.es

- En el caso de Regímenes Especiales de los Funcionarios Civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas y de los Funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, deberá aportarse Certificado de Servicios Prestados o de Cuotas expedido por la Unidad de personal a la que se encuentren adscritos, Servicio de Pagaduría u órgano correspondiente.

- En el caso de trabajadores por cuenta propia no obligados a constar dados de alta en la Seguridad Social, deberá aportarse recibo justificativo de abono de la correspondiente mutualidad asimilada al Régimen Especial de Autónomos.

No obstante, si presentó:

- El Libro de familia,

- Certificado de minusvalía expedido en otra Comunidad Autónoma.

- Título de Familia Numerosa expedido en otra Comunidad Autónoma.

en la convocatoria de estas becas del curso 2008/2009 o posterior, fue válido y no ha sufrido variación posterior, tampoco es necesaria su presentación, debiendo indicarlo en la solicitud.

Firma de la solicitud

La solicitud deberá ser cumplimentada y firmada por el padre, la madre o el tutor o tutora del alumno.

Lugar de presentación de las solicitudes

Las solicitudes físicas se presentarán en los registros de las Direcciones de Área Territorial y en el Registro General de la Consejería de Educación (Gran Vía, 20).

Cuantías de las Becas

La cuantía de la beca será de 1.100 euros, a razón de 100 euros mensuales o de 1.760 euros, a razón de 160 euros mensuales.

Abono de las becas

El importe de la becas se hará efectivo mediante once cheques personalizados que se irán entregando mensualmente en los centros en concepto de abono -total o parcial- de la cuota de escolarización.

Teléfono de información: 012

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